Cubre pérdidas o daños materiales que sufra el predio asegurado, de forma accidental, súbita e imprevista como consecuencia directa de sus riesgos.
Más beneficios:
Cubre las pérdidas o daños materiales que sufra el predio asegurado, de forma accidental, súbita e imprevista como consecuencia directa de los riesgos que se describen a continuación:
- Daños por Agua y anegación.
- Deslizamiento.
- Auxilio de libre destinación por inhabilidad de la vivienda.
- Alojamiento temporal y/o pérdida de arrendamiento.
- Actos de autoridad.
- Remoción de escombros.
- Gastos para limitar el siniestro.
- Gastos para la demostración de la pérdida.
- Gastos para la preservación de bienes.
- Gastos para reemplazo de documentos de identificación.
- Honorarios profesionales, de arquitectos, interventores, ingenieros y consultores.
- Asonada, motín, conmoción civil o popular, huelga y actos mal intencionados de terceros (HMACC – AMIT).
- Propiedad de invitados, huéspedes o visitantes.
- Alimentos refrigerados.
- Daño equipo eléctrico y electrónico.
- Terremoto, temblor, erupción volcánica, maremoto, tsunami.
- Explosiones de aparatos generadores de vapor.
- Hurto calificado y hurto simple.