Desde junio de 2003, los CLIENTES del Banco de Occidente cuentan con un representante y aliado, quien tiene a su cargo la responsabilidad de atender y revisar las quejas relativas a un posible incumplimiento por parte de la entidad, de las normas legales que rigen la prestación de un servicio o producto.
Creemos que el Defensor del Consumidor Financiero Banco de Occidente, nos asegura una instancia más de servicio y garantiza el seguimiento a cualquier falla que se pueda presentar en la solución de quejas o reclamos.
Procedimiento de servicio
Para iniciar la revisión de un caso, es indispensable enviar una comunicación describiendo los hechos y derechos afectados, así como sus datos personales completos, a la dirección (física o electrónica) incluida adelante, o radicar en cualquiera de las oficinas del Banco de Occidente en el país.
Asuntos Excluidos de la Competencia del Defensor
(Artículo 6 Num. 2 Decreto 690/2003):
Los que no correspondan o estén directamente relacionados con el giro ordinario de las operaciones autorizadas a la entidad.
Los que se refieren a cuestiones que se encuentren en trámite o hayan sido resueltas en vía judicial, arbitral o administrativa.
Los que correspondan a la decisión sobre la prestación de un servicio o producto, la celebración de un contrato y sus condiciones, o a la vinculación o admisión como cliente.
Los que se refieran a hechos sucedidos con tres (3) años de anterioridad o más a la fecha de presentación de la queja.
Las quejas cuya cuantía individual, sumados todos los conceptos, superen los cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de su presentación.
La doctora LINA MARIA ZORRO CERON, Defensor del Consumidor Financiero Banco de Occidente, y su Suplente, la doctora LORENA CERCHAR ROSADO, contarán con un término no mayor a 15 días hábiles para tomar una decisión, contados a partir de la entrega de todos los documentos necesarios para resolver el caso.