Cuando registre consumos superiores a US$100 en el exterior
US $30
Seguro Responsabilidad Civil - Grupo Deudor (Incluido en la Cuota de Manejo)
$ 6.650
Avance efectivo Cajeros ATH
$ 4.500
Avance efectivo Cajeros otras redes
$ 6.500
Avance efectivo no exitoso Cajeros ATH
$ 4.500
Avance efectivo no exitoso Cajeros otras redes
$ 6.500
Avance en Cajeros Electrónicos en el exterior (MasterCard)
US $5
Avance efectivo en oficina
$ 8.000
Avance en efectivo a través de Pin Pads
$ 5.000
Consulta de cupo Cajeros ATH
$ 2.800
Consulta de cupo Cajeros Otras Redes
$ 6.500
Consulta de cupo Tarjeta de Crédito en oficina
$ 8.000
Reexpedición de tarjeta por pérdida o robo
$10.500
Otras transacciones no exitosas Cajeros ATH
$ 970
Otras transacciones no exitosas Cajeros otras redes
$ 6.500
El cobro de la Cuota de Manejo y el Seguro de Vida y contra Utilizaciones Fraudulentas, se realiza a cada una de las tarjetas, Trimestre Anticipado.
El cobro de la Cuota de Manejo en dólares aplica para Tarjetas Credencial MasterCard, cuando se registran transacciones en esta moneda superiores a U$100. No se cobra simultáneamente Cuota de Manejo en pesos y dólares.
* Tarifas vigentes desde Abril de 2010.
Tasas
Concepto
Pesos
Dólares
e.a.
m.v.
e.a.
m.v.
Tasa compra y avances
21.92%
1.665%
19.56%
1.500%
Mora
1.682%
1.682%
Las tasas de interés se cobran mes vencido y se determinan teniendo en cuenta la tasa de usura fijada mes a mes por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Para empleados: Constancia Laboral y Certificado de Ingresos y Retenciones.
Para independientes: Declaración de Renta, y en los casos pertinentes, adicionar Certificado de Cámara y Comercio (no mayor de 30 días). Así mismo, el soporte patrimonial, en caso de poseer bien raíz y estados financieros.
Parámetros de ingresos:
Ciudad
Tipo Ciudad
Asalariado
Vendedor
Independiente
Prof. Joven
Bogotá
A
8.7
SMLV
Cali
Medellín
B/quilla
B
B/manga
Cartagena
Ibagué
Manizales
Palmira
Pereira
Otras
C
NOTA: El cupo asignado después del análisis crediticio determina el producto que se otorgará.
El trámite de la solicitud de su Tarjeta de Crédito Credencial es de ocho (8) días hábiles contados a partir de la recepción de los documentos completos en la oficina, hasta la entrega del plástico y clave en la oficina donde fue solicitada. El día de la entrega el cliente debe firmar una contragarantía como respaldo a la nueva obligación que está adquiriendo.
Utilizar el cupo asignado por el Banco tanto en moneda local como extranjera.
Mantener la custodia y dar buen uso de la Tarjeta y la clave con el mayor cuidado según las recomendaciones de uso y seguridad.
Identificarse plenamente y firmar el comprobante de venta en el momento de hacer uso de la Tarjeta en un establecimiento de comercio.
Utilizar la Tarjeta de Crédito de manera personal e intransferible. No se debe ceder a ningún tercero ni hacerse sustituir por terceros.
Comunicar oportunamente cualquier cambio de dirección, correo electrónico y/o teléfonos al Banco.
Verificar regularmente los saldos de sus Tarjetas. Si encuentra alguna novedad, comuníquese con el Banco lo antes posible para su detección y arreglo si es el caso.
Revisar los términos y condiciones del contrato y sus anexos, así como conservar la copia que le suministren de éste.
Instaurar, en caso de EXTRAVÍO o hurto de su Tarjeta de Crédito, la respectiva denuncia e informar inmediatamente al Banco a la Línea Nacional 01 8000 51 4488, en Bogotá 307 7037.
Y demás deberes que se establezcan en la ley o en otras
disposiciones.
Una vez se efectúe la entrega de la Tarjeta Credencial, se debe firmar un comprobante de conformidad en el recibo de la misma para la realización de su activación. Las tarjetas entregadas en la mañana, quedan activas en la tarde y las entregadas en la tarde quedan activadas y listas para utilizar en la noche.
Razones para la inactivación de su Tarjeta de Crédito Credencial:
Por devolución por parte del socio.
Por fallecimiento del titular de la tarjeta.
Por alta mora (10 meses).
Por requerimiento del cliente principal, para el caso de tarjetas amparadas.
Recibir información sobre el cambio en las tasas a través de los extractos, Internet y en la cartelera ubicada en oficinas.
Recibir oportunamente el estado de su cuenta. El no recibo oportuno de éste, no lo exime del Pago Mínimo de su estado de cuenta.
Obtener dinero en efectivo y realizar compras de Bienes y Servicios en establecimientos de comercio, telefónicamente o por Internet, hasta por el monto que el Banco le asigne.
Recibir información sobre las modificaciones que el Banco realice al contrato firmado en el momento de la apertura.
Utilizar los canales electrónicos ofrecidos por el Banco.
Recibir las instrucciones y recomendaciones de uso y seguridad referentes al producto.
El Defensor del Consumidor Financiero es la doctora LINA MARÍA ZORRO CERÓN a quien
podrá dirigirse para los asuntos de su competencia en la siguiente dirección: Cra. 13 No.
27-47, Piso 8, Tel. 297 2000, ext. 6574 y 6571, Fax. 297 2000, ext. 6575, correo
electrónico: defensoriacliente@bancodeoccidente.com.co
Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1266 de Habeas Data de diciembre 31 de 2008, el Banco de Occidente mensualmente reportará a las centrales de información autorizadas el comportamiento de su obligación, incluyendo tanto el reporte de los pagos oportunos como el de los vencidos.
Esta información puede ser utilizada como objeto de análisis para establecer y mantener una relación contractual, cualquiera que sea su naturaleza, para evaluación de los riesgos derivados de una relación contractual vigente, así como para hacer estudios de mercado o investigaciones comerciales y estadísticas y el adelantamiento de cualquier trámite para una entidad pública o privada respecto de la cual dicha información resulte pertinente.
La permanencia de la información registrada en las centrales de información es administrada por cada central de acuerdo a los lineamientos establecidos en el articulo 13 de la Ley 1266. La información de carácter positivo permanecerá de manera indefinida, la información de las obligaciones con mora inferior a dos (2) años permanecerá el doble del tiempo que duró la mora a partir de la fecha de pago o cancelación de la obligación y para las obligación con mora superior a dos (2) años, la permanencia será de 4 años a partir de la fecha de pago o cancelación de la obligación.
En todo caso, los términos aquí indicados estarán acordes con la Ley 1266 de 2008, y demás normas que la modifiquen, adicionen o deroguen .
Derechos del Deudor:
A ejercer el derecho fundamental al Habeas Data, en términos de la ley 1266 de Diciembre de 2008, mediante la utilización de los procedimientos de consultas o reclamos, sin perjuicio de los demás mecanismos constitucionales o penales.